NEGOCIOS
El Banco Central dice IPC varió 0.48 % en diciembre 2020
El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) informó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró una variación de 0.48 % en diciembre respecto al mes de noviembre de 2020.

La institución indica que la inflación interanual asociada a la serie analítica de la nueva base
referencial cerró el año en 4.63 %.
En cuanto a la inflación subyacente anualizada, la misma fue de 4.77 % en el recién
trascurrido año. Este último indicador aísla las variaciones de los precios de algunos
bienes y servicios que tienden a ser volátiles, permitiendo de esta forma extraer
señales más claras para la conducción de la política monetaria.
El BCRD destaca que, tanto la inflación anualizada de la serie referencial como la
inflación subyacente se mantienen dentro del rango meta de 4.0 % ± 1.0 % establecido
en el Programa Monetario.
Con el resultado de 0.48 % en diciembre 2020, la inflación anualizada de la serie
empalmada oficial, medida desde diciembre de 2019 hasta diciembre de 2020, se situó
en 5.55 %. Esta serie considera las variaciones publicadas previamente durante el año
2020 con la base anterior del índice de precios al consumidor, tal y como dictaminan
los lineamientos internacionales.
La institución señala que los grupos de mayor variación en la inflación de 5.55 % del
año 2020 fueron Alimentos y Bebidas No Alcohólicas (8.36 %) y Transporte (7.55 %),
los cuales aportaron en conjunto el 60.91 % de la inflación en el referido período.
Igualmente, en este resultado incidió el incremento anual de los índices de precios
correspondientes a los grupos Bienes y Servicios Diversos (5.46 %), Vivienda (4.50 %),
Restaurantes y Hoteles (4.47 %), entre otros.
NEGOCIOS
Tribunal falla a favor de Contrataciones Públicas en casos Teatro Agua y Luz y Hotel Nueva Suiza

El Tribunal Superior Administrativo (TSA) falló a favor de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) al rechazar las medidas cautelares interpuestas por las empresas de Consultoría Astur S.A. y Golden Star Hotel and Resorts S.R.L., arrendatarias del Teatro Agua y Luz y el Hotel Nueva Suiza, en Constanza, respectivamente.
Mediante la sentencia número 030-01-2020-SSMC-00016, de fecha 26 de enero de 2021, el TSA determinó que la solicitud de medida cautelar interpuesta el 3 de noviembre del año pasado por la Consultoría Astur S.A. era improcedente ya que, no reunía los requisitos exigidos en la Ley 13-07, en el sentido de que la arrendataria del Teatro Agua y Luz y sus instalaciones no ha realizado trabajos de remozamiento de ese bien inmueble de carácter público, y no evidenció las razones por las que al día de hoy este no ha recibido las remodelaciones contratadas.
En su sentencia, el Tribunal también determinó que no hay constancia de la existencia de un alto riesgo de que, en el transcurso del proceso, acontezca una situación fáctica o jurídica irreparable que deje sin efecto o haga perder el objeto al recurso contencioso principal.
En ese sentido, los efectos de la Resolución RIC-96-2020, emitida al inicio de la actual gestión de la DGCP, se encuentran vigentes. Dicha resolución anuló el proceso de licitación CFIH-CCC-LPN-2015-001 llevado a cabo por la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (CORPHOTELS), por tratarse de un contrato de concesión ilegal a 25 años y no de arrendamiento como fue convocado.
La empresa Consultoría Astur, S.A., es representada por su gerente Alan Omar Vargas García, y tiene como representante legal a la oficina de abogados Jorge Prats, Abogados & Consultores, encabezada por Eduardo Jorge Prats.
El 25 de noviembre del año 2020, la entidad contratante (CORPHOTELS) emitió un informe en el que indica que Consultoría Astur, S.A. no había cumplido con la ejecución del contrato de arrendamiento.
En el caso de la solicitud de medida cautelar de extrema urgencia interpuesta por la empresa Golden Star Hotel and Resort S.R.L., en contra de la DGCP, su director general, el Ministerio de Hacienda y CORPHOTEL, la presidencia del Tribunal, en su sentencia Num. 0030-01-2020-SSMC-00096, de fecha 14 de enero de 2021, determinó que no hay constancia de la existencia de un alto riesgo de que en el transcurso del proceso acontezca una situación fáctica o jurídica irreparable que deje sin efecto o haga perder el objeto al recurso contencioso principal.
Asimismo, destaca que el juez de lo cautelar no examina el fondo de la contestación y no se han establecido los hechos o indicado el contexto para que el tribunal pueda verificar el requisito del peligro en la demora.
Esto significa que los efectos de la Resolución RIC-97-2020 de la DGCP, del 8 de septiembre del 2020, se encuentran vigentes. Con dicha decisión del órgano rector de las contrataciones públicas anuló el proceso de licitación número CFIH-CCC-LPN-2016-001 para el alquiler del Hotel Nueva Suiza, en Constanza, por las mismas razones que el Teatro Agua y Luz.
El director de la DGCP, Carlos Pimentel, destacó que con dichas resoluciones el órgano rector ha actuado en defensa del patrimonio público, interés que fue lesionado en ambas licitaciones al comprobarse que se adjudicaron concesiones camufladas de alquiler.
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