¿Para mejorar un servicio que ya presta el Estado necesitamos crear otra institución?

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¿Para mejorar un servicio que ya presta el Estado necesitamos crear otra institución?

 Por Yulibelys WandelpoolAbogada, especialista en derecho administrativo, compras públicas y derecho laboral El presidente Luis Abinader dispuso media

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Por Yulibelys Wandelpool
Abogada, especialista en derecho administrativo, compras públicas y derecho laboral

 

El presidente Luis Abinader dispuso mediante el Decreto núm. 676-26 la creación del Servicio Nacional de Atención Residencial (SEÑAR), definido formalmente como un órgano desconcentrado adscrito al Ministerio de la Presidencia. A partir del primero de enero de 2027 tendrá a su cargo la gestión, operación y prestación de los programas de atención residencial destinados a niños, niñas y adolescentes sometidos a medidas de protección. El objetivo anunciado es especializar el servicio y elevar la calidad de los hogares de paso y centros de protección.

 

La protección de la niñez no debería admitir discusión. Si existen deficiencias en los hogares de paso, limitaciones de capacidad o necesidades de especialización, el Estado tiene la obligación de corregirlas. La cuestión que merece análisis es distinta: ¿para mejorar un servicio que ya presta el Estado es indispensable crear una nueva estructura administrativa?

 

La pregunta resulta pertinente porque estas funciones no aparecen ahora por primera vez dentro de la Administración Pública. Hasta este momento, los hogares de paso han sido gestionados directamente por el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI). La propia institución identifica entre sus servicios los hogares de paso y señala expresamente que son ofrecidos por su Departamento de Hogares de Paso. Su memoria institucional de 2025 registra, además, once hogares de atención residencial. En marzo de este mismo año, CONANI informaba públicamente sobre actividades desarrolladas con niños y adolescentes acogidos en esos once centros.

 

CONANI tampoco es una dependencia administrativa cualquiera. Fue estructurado por la Ley núm. 136-03 como órgano rector del Sistema Nacional de Protección de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia y funciona como institución descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio. El nuevo esquema mantiene esa rectoría y supervisión técnica en manos de CONANI, mientras traslada al SEÑAR la operación de los servicios residenciales.

 

Desde una perspectiva de gestión pública, separar la función de rectoría de la prestación directa de servicios puede responder a razones técnicas perfectamente defendibles. Una institución puede regular, supervisar y evaluar mientras otra se concentra en ejecutar. El propio decreto proyecta, además, ampliar en al menos un 30 % la capacidad instalada del sistema residencial durante 2027. El debate, por tanto, no debería reducirse a afirmar que toda creación institucional es necesariamente negativa.

 

Pero tampoco debemos aceptar que la creación de una estructura pública sea la respuesta automática frente a cada necesidad de mejora.

 

Durante los últimos años el propio Gobierno ha colocado la racionalización del Estado entre sus principales objetivos administrativos. En septiembre de 2024, el presidente presentó una segunda etapa de reestructuración de la Administración Pública bajo cuatro propósitos muy concretos: optimizar recursos, mejorar la coordinación, eliminar duplicidades y reducir la burocracia, procurando una estructura estatal más simple y una administración más ágil.

 

Ese discurso no comenzó entonces. En septiembre de 2023, la vicepresidenta Raquel Peña informó que, desde agosto de 2020, habían sido suprimidos trece entes y órganos públicos como resultado de medidas de transformación, disolución, reducción y transferencia de competencias. En julio de 2026, el Ministerio de Administración Pública volvió a informar que desde septiembre de 2024 se habían realizado veintiún procesos de reorganización que incluyen supresiones, fusiones, reestructuraciones funcionales y también creaciones.

 

Precisamente ahí aparece la tensión que merece discusión. Si el objetivo declarado es eliminar duplicidades, simplificar la estructura administrativa y aprovechar mejor los recursos existentes, cada nueva estructura debería venir acompañada de una explicación suficientemente clara sobre por qué las capacidades institucionales existentes no podían ser fortalecidas para cumplir esa misma finalidad.

 

No basta con explicar qué hará el SEÑAR. También sería conveniente explicar qué ocurrirá con las estructuras de CONANI que hasta ahora administraban esos servicios, cómo se distribuirá el personal, cuál será el presupuesto requerido, qué unidades desaparecerán o serán transformadas y cuál será el impacto financiero neto de la decisión. La verdadera racionalización administrativa no puede medirse únicamente por el número de instituciones que se eliminan, sino por la capacidad de impedir que las mismas funciones reaparezcan después bajo nuevas estructuras, nuevas direcciones y nuevos presupuestos.

 

Hay además otro elemento que invita a mirar con atención la tendencia organizativa del Estado. Una investigación publicada por Diario Libre, a partir de la base de datos de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, contabilizó al menos 49 comisiones creadas mediante decretos entre agosto de 2020 y julio de 2025. Una comisión no equivale necesariamente a una institución pública permanente y muchas están integradas por funcionarios que no reciben remuneración adicional, por lo que sería incorrecto sumar ambas categorías como si fueran lo mismo. Pero el dato sí demuestra la frecuencia con la que se recurre a la creación de nuevas estructuras de coordinación para atender problemas públicos.

 

El Estado moderno necesita especialización, pero también necesita disciplina organizativa. Crear instituciones puede ser necesario en determinados momentos; mantener estructuras incapaces de responder a nuevas realidades tampoco constituye una virtud. Sin embargo, la innovación institucional debe ser la consecuencia de una necesidad demostrada y no simplemente la sustitución de una dificultad administrativa por un nuevo organigrama.

 

En definitiva, la discusión sobre el SEÑAR no debe centrarse en cuestionar su finalidad. Mejorar la protección de niños y adolescentes es una obligación constitucional y social que merece todos los esfuerzos necesarios. Lo que corresponde preguntar es si para lograr esa mejora era indispensable crear una nueva estructura o si podía fortalecerse la que durante años ha tenido exactamente esa responsabilidad.

 

Porque racionalizar el Estado no consiste únicamente en cerrar instituciones. También significa saber cuándo no es necesario abrir otra.

 

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